LEGALIZACIÓN Y TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS EXTRANJEROS

EL pasado 16 de febrero entra en vigor el Reglamento 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo. Desde ese momento todos los documentos públicos de los estados miembros serán reconocidos entre ellos, lo que significa que no será necesaria la Apostilla de la Haya.

Nos encontramos con un paso muy importante a nivel europeo ya que se verán agilizados numerosos trámites burocráticos, como la obtención de documentos para solicitar las nacionalidades.

Los documentos que no necesitarán de la Apostilla son:

  • Documento que certifique el domicilio o la residencia
  • Certificado de nacionalidad
  • Certificado de matrimonio
  • Divorcio, separación judicial o anulación de matrimonio
  • Certificado de nacimiento
  • Fe de vida
  • Certificado de defunción
  • Filiación
  • Certificado de soltería
  • Certificado de pareja de hecho
  • Certificado de cancelación de pareja de hecho
  • Adopción
  • Certificado de antecedentes penales
  • Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y en las elecciones al Parlamento Europeo.

Por otro lado, muchos documentos permiten su solicitud plurilingüe, lo que significa que no será necesaria su traducción ya que vendrá en todos los idiomas oficiales de la Unión Europea.

Para cualquier duda sobre la validez de sus documentos extranjeros, no dude en contactar con nuestros expertos abogados en extranjería

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