ME DEBEN PAGAR MÁS EN MI PENSIÓN?

COMPLEMENTO POR PATERNIDAD EN PESIÓN CONTRIBUTIVA.

El Tribunal Supremo, el pasado 17 de mayo dictó sentencia mediante la cual, reconocía que, al igual que las mujeres, aquellos hombres que hubieran tenido dos o más hijos, podrían pedir un complemento de paternidad en su pensión.
Para poder acceder a ello hay que cumplir una serie de resquisitos:
  1.  Ser hombre. A las mujeres se les concedía de oficio, lo que motivó que la sentencia indicara que había una discriminacion hacia los hombres.
  2. Haber accedido a una pensión de viudedad, de jubilación o de incapacidad permanente.
  3. Que se haya accedido a ellas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
  4. Tener dos o más hijos. Da igual la edad de los hijos, basta con probar el parentesco. Tampoco es relevante que hayan fallecido.
El complemento será desde un 5 hasta un 15% de la pensión. Además, deberán pagarse los atrasos sufridos.
La reclamación se presenta ante la Seguridad Social, mediante un escrito en el que debe exponerse claramente los motivos de reclamación, así como las cantidades que debieron ser cobradas.
Si la Seguridad Social contesta denegando nuestra petición, podremos realizar una Reclamación Previa, y si está también es denegada, la última opción es acudir a juicio.
Si es tu caso y quieres ayuda en el proceso, puedes ponerte en contacto en:
📫info@abogadoenalcala.con
💻www.abogadoenalcala.com
✉️DM
📲 626 189 219 (también whatsapp)

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